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                             Última actualización: 05 Diciembre 2014                        
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			| Ayudas individualizadas para el transporte escolar 
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	Destinatarios:
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		El alumnado del segundo ciclo de educación infantil, de educación primaria, de educación secundaria obligatoria, de bachillerato y de formación profesional inicial de los centros docentes sostenidos con fondos públicos, que esté obligado a desplazarse fuera de su localidad de residencia, por inexistencia, en la misma, de la etapa educativa correspondiente, o que resida en núcleos dispersos de población o en edificaciones diseminadas y no pueda hacer uso de ninguna de las modalidades a que se refieren las letras a), b) y c) del artículo 7 del Decreto 287/2009, de 30 de junio.
	 
	- 
		El alumnado de la modalidad de artes de bachillerato y de ciclos formativos de formación profesional inicial que, por su especificidad y dificultad de generalización, se encuentren implantados en centros docentes sostenidos con fondos públicos alejados de su localidad de residencia.
	Plazo de presentación:
	Para el curso 2011-2012, el plazo de presentación de solicitudes de ayudas individualizadas para el transporte escolar será
	 
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		Desde: 28 de enero de 2012
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		Hasta: 3 de marzo de 2012
	Lugar de presentación:
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			La solicitud deberá cumplimentarse mediante el formulario accesible a través de la página web de la Consejería de Educación. 
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			Una vez cumplimentada la solicitud deberá imprimirse y presentarse con las firmas correspondientes en la Secretaría del centro. 
	Requisitos: 
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		Asistir regularmente al centro docente para cursar las enseñanzas en las que se encuentre matriculado durante todo el curso escolar.
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		Someterse a las actuaciones de comprobación a efectuar por la Consejería de educación o por el centro docente donde está matriculado.
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		Comunicar al órgano concedente la pet ición y obtención de otras subvenciones o ayudas para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, señalando la entidad concedente e importe. Dicha comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.
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		Comunicar al órgano concedente de la subvención, todos los cambios de domicilio a efecto de notificaciones.
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		Proceder al reintegro total o parcial de los fondos percibidos en los supuestos contemplados en el artículo 27.
	Dotación: 
	Las cuantías de las ayudas de transporte individualizada para el curso 2010/2011 se diversificarán con arreglo a la siguiente escala:
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		De 2 a 10 km: Hasta 192 euros.
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		De más de 10 a 30 km: Hasta 386 euros.
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		De más de 30 a 50 km: Hasta 763 euros.
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		De más de 50 km: Hasta 937 euros.
	Solicitud:
	